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Granada

El TSJA ratifica una condena a cuatro años por el atropello en Las Gabias de un vecino

La Fiscalía, que ya había introducido en sus conclusiones definitivas la calificación alternativa de los hechos como delito de lesiones, había pedido nueve años

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  • Real Chancillería de Granada, sede del TSJA y de la Audiencia Provincial de Granada. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena a cuatro años de prisión por lesiones a un joven que atropelló con su coche a un vecino de unos 40 años con el que estaba enemistado, acelerando marcha atrás en una calle sin salida de Las Gabias, en el área metropolitana de Granada.

Fuentes del caso consultadas por Europa Press han indicado que, tras la ratificación de la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada, está pendiente de resolución el recurso que ha vuelto a interponer la defensa, en esta ocasión ante el Tribunal Supremo.

La Fiscalía, que ya había introducido en sus conclusiones definitivas la calificación alternativa de los hechos como delito de lesiones, había pedido nueve años de prisión para este hombre por supuesto homicidio en grado de tentativa, petición de cárcel a la que se unía la acusación particular ejercida por la víctima.

El procesado también fue condenado al pago de una indemnización de 20.948 euros en concepto de responsabilidad civil, y con una orden de alejamiento por cinco años, según constaba en la sentencia de la Audiencia, a la que tuvo acceso Europa Press, y que detallaba que los hechos se remontan al 26 de agosto de 2016, y que "desde antiguo las relaciones" con la víctima y entre "sus familias no eran buenas".

Sobre las 11,30 horas, el vecino estaba cruzando la calle, cuando el ahora condenado, "aprovechándose de manera deliberada de la potencialidad para menoscabar la integridad física que tenía su automóvil" de alta gama, dio "un fuerte acelerón" marcha atrás con el mismo, golpeando al otro, que cayó al suelo, "quedando parte de su cuerpo bajo el vehículo", indicaba la Sección Primera en la sentencia. La defensa, que pedía la libre absolución, adujo que el atropello fue "accidental" tras "un incidente relacionado con un menor por la mañana", según las fuentes consultadas.

Los hechos probados apuntan, según el tribunal, que el procesado se marchó dando "otro fuerte acelerón" hacia adelante, mientras quedó en el suelo una mancha de sangre de la víctima, y, en la calle, "una marca dejada por la proyección de arena y tierra".

El responsable fue detenido ese mismo día a las 21,50 horas, mientras que el agredido, cuya vida no estuvo en peligro, sufrió un traumatismo craneal, abrasiones en piernas, espalda y cadera, con distintas fracturas, lesiones que requirieron dos días de hospitalización y 155 días en curar. Además, estas heridas generaron estrés post traumático, y una lesión cervical, entre otras secuelas.

La sala descartó que los hechos pudiesen estar motivados por la intención de matar a la víctima, ya que, aunque "las relaciones entre atacante y atropellado no eran buenas, y que el instrumento utilizado, el vehículo, era peligroso", entre otras cuestiones valoradas, hubo "inexistencia de repetición en el ataque y en el golpe", y no hay "prueba de que el acusado conociera" que el vecino "quedó en parte bajo el vehículo, no habiendo sido alcanzado por lo demás por ninguna rueda".

El juicio se celebró el pasado 15 de julio de 2020 tras ser aplazado por la crisis del coronavirus después de haber sido señalado, según informaron a Europa Press fuentes del caso, para el 2 de junio de ese mismo año. Se daba la circunstancia de que la Audiencia ya había suspendido la vista el 5 de diciembre anterior por baja laboral del guardia civil instructor del atestado.

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