El tiempo en: Chipiona

Sevilla

Condenan a 56 años de cárcel a una familia por explotar a diez compatriotas rumanos

El tribunal fija en 20 años de prisión el límite máximo de cumplimiento efectivo de la condena impuesta

Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla. -
  • Entre los explotados había una menor de edad embarazada
  • Las víctimas recibirán una indemnización de 100.000 euros

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 56 años y 12 días de cárcel a cada uno de los cuatro miembros de una familia, un matrimonio y sus dos hijos, por los delitos de trata de seres humanos y explotación laboral sobre diez compatriotas rumanos.

Se trata de un delito agravado en concurso medial con el delito de explotación laboral sobre diez personas, entre ellas una menor de edad que se encontraba embarazada y su hermano -ambos con un déficit mental leve moderado-, aunque el tribunal fija en 20 años de prisión el límite máximo de cumplimiento efectivo de condena, de acuerdo con la previsión del artículo 76 del Código Penal.

Asimismo, la Sección Tercera les impone 15 años de prohibición de comunicación y de aproximación a menos de 300 metros de las víctimas, a las que deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria con un total de 100.000 euros por el daño moral provocado, ya que en este caso “existe una situación de intranquilidad, humillación e impacto emotivo en las víctimas por las actitudes claramente degradantes, humillantes, ofensivas y reiteradas que han tenido que soportar, y que tiene su origen en la acción dolosa de los acusados”.

La Audiencia considera probado que, desde una fecha no determinada, los cuatro condenados se dedicaban a acoger a compatriotas rumanos en las viviendas que ellos previamente habían ocupado y contratarles para trabajar en el campo dentro de territorio nacional, de manera que uno de los acusados era ayudado en esta actividad por su mujer en labores de dirección y control doméstico y por sus hijos, quienes colaboraban en los traslados y custodia de dichas personas.

En febrero de 2020, los afectados decidieron viajar desde su país de origen a España con la expectativa del empleo y alojamiento que les había prometido una persona no enjuiciada en esta causa.

Este individuo les hospedó en una vivienda de una localidad de Zamora que, según una de las víctimas, presentaba condiciones insalubres, encontrándose de este modo “hacinados en un inmueble que no contaba con luz ni agua y sin percibir salario alguno por los trabajos que realizaban, reclamándoles el abono de una deuda contraída con él al haberles abonado el viaje desde Rumanía”.

Uno de los acusados -el padre de familia- llegó a conocer las condiciones de precariedad y aprovechó la situación “de desprotección y desarraigo en la que se encontraban por desconocer el idioma español, carecer de medios económicos y estar fuera de su entorno social” y les ofreció la posibilidad de desplazarlos hasta Sevilla, “prometiéndoles un trabajo en el campo, bien remunerado”.

Los trabajadores aceptaron la oferta y fueron trasladados hasta la localidad sevillana de Sanlúcar la Mayor, donde fueron todos alojados en una habitación con cinco colchones distribuidos en el suelo, que carecía de luz y agua.

La Audiencia considera probado, igualmente, que uno de los condenados “les ordenó que entregaran sus teléfonos móviles, o bien les retiraba la tarjeta, impidiendo con ello que pudieran comunicarse con el exterior”, mientras que los horarios de trabajo “dependían de los días, alguno eras desde las 8 de la mañana hasta las 16 ó 18 horas, con apenas un breve descanso para tomar un bocadillo” y sin cobrar ningún salario.

“Lo máximo que llegaron las víctimas a percibir fueron 10, 15 ó 20 euros semanales, con lo que debían procurarse la comida, si bien hubo alguna semana en la que no percibieron nada", con lo que no pudieron ahorrar nada y su deuda iba aumentando, recoge la sentencia.

Tras recibirse una comunicación en la Brigada de Extranjería de la Comisaría de Policía de Sevilla -aportada a través de la División de Cooperación Internacional por la Agregaduría de Interior de Rumanía- en la que se alertaba de la situación de esta decena de personas, se llevaron a cabo con autorización judicial entradas y registros en las viviendas consiguiéndose la liberación de los afectados y la detención de los cuatro condenados. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN