El tiempo en: Chipiona

Campo de Gibraltar

Verdemar pregunta por el incendio de una gabarra en el Puerto de Algeciras

Los ecologistas cuestionan si se produjo algún vertido y alerta del peligro del bunkering en barcos que están operando

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • La gabarra afectada, en Algeciras. -

Verdemar Ecologistas en Acción del Campo de Gibraltar se cuestiona si se han producido vertidos en aguas de la bahía de Algeciras tras el incendio de la gabarra Spabunker 21 hace unos días, cuando se encontraba atracada en el Puerto algecireño.

“Al parecer, los bomberos y los remolcadores Towage, VB Titán y VB Andalucía participaron en apagar el incendio de la gabarra de bunkering”, explican.

Verdemar denuncia que “se está normalizando el trasiego de combustible cuando se están realizando operaciones de carga y descarga de buques contenedores en el Puerto de Algeciras. Estas prácticas son peligrosas y nadie controla el bunkering en el buque receptor”, portacontenedores habitualmente.

Estos hechos, recuerdan los ecologistas, “se han denunciado en varias ocasiones. El protocolo sobre las operaciones de bunkering en el Puerto de Algeciras pueden estar incumpliéndose, poniendo en riesgo la seguridad de los trabajadores y el medio ambiente en la bahía de Algeciras ante cualquier vertido como consecuencia de algún fallo en las descargas o trasiego de contenedores”.

“Estos compromisos de seguridad sobre esas operaciones de bunkering  son necesarios que se aborden  en defensa de la bahía de Algeciras y de la seguridad de los trabajadores portuarios”, añaden.

Los protocolos de actuación en las operaciones de carga de combustible a buque durante las operaciones de carga y descarga de contenedores “deben tenerse en cuenta para minimizar los riesgos de accidente por caída de un contenedor sobre la cubierta de los buques suplidores de combustible durante las operaciones en el Puerto”, insiste Verdemar.

“Hay que cumplir todas las normativas, existen decretos (ART.48.3.2 RD 145/1989) en los que queda terminantemente prohibido tomar combustible mientras se realizan operaciones de carga y descarga con explosivos”, concluye.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN