El tiempo en: Chipiona

Málaga

Condenan a seis meses de prisión a un hombre por agredir a dos policías tras discutir con su pareja

El acusado \"se encontraba discutiendo con su pareja en la calle, provocando la intervención de agentes policiales\"

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

La Audiencia de Málaga ha confirmado la pena de seis meses de prisión impuesta a un hombre por agredir a dos agentes de policía y provocarles varias lesiones cuando se acercaron al varón al observar que estaba discutiendo con su pareja sentimental en una calle del centro de Málaga.

   Según se declaró probado en su momento por parte de un juzgado de lo Penal, y consta en la sentencia de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado "se encontraba discutiendo con su pareja en la calle, provocando la intervención de agentes policiales".

   Al darse cuenta de la presencia policial, se subió a su vehículo "con el propósito de abandonar el lugar" pero los agentes impidieron su marcha y le instaron a que se identificara, algo a lo que el hombre "se negó en todo momento", explica la sentencia.

   Fue entonces cuando el susodicho se dirigió a un agente y le golpeó, haciendo lo mismo con el segundo. Como consecuencia de estos golpes, el primer policía sufrió lesiones en una mano y varios hematomas, mientras que el segundo sufrió erosiones y heridas en un dedo de una mano, en las rodillas, una mordedura en el bíceps izquierdo y sangró por la nariz.

   Por estos hechos, se condenó al acusado como autor criminal de un delito de atentado contra la autoridad y dos faltas de lesiones a una pena de seis meses de prisión y una indemnización a los dos agentes, que suma un total de 2.260 euros --840 euros al primero y 1.420 euros al segundo--.

   Contra esta sentencia se presentó un recurso por parte de la defensa pidiendo la absolución y alegando que el acusado no tenía intención de acometer a los agentes y había tomado bebidas alcohólicas, lo que se unió a sus antecedentes psiquiátricos.

   Sin embargo, la Audiencia ha considerado "acertada" la anterior resolución del juzgado de lo Penal, ya que "no existe una anulación completa de las facultades psíquicas y volitivas del sujeto" porque la embriagadez que presentaba "no fue fortuita en cuanto a su origen".

   Por este motivo, ha desestimado el recurso y ha confirmado "íntegramente" la anterior resolución, condenando al varón a seis meses de cárcel y al pago de la indemnización a los dos agentes.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN