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Jaén

El Supremo admite el recurso de Juana Vacas y aumenta dos años la condena a su yerno y asesino de su hija

Cabe recordar que el condenado asesinó a su ex mujer, que padecía una discapacidad psíquica, en marzo de 2011, en su domicilio, golpeándola \"repetidamente\" con una \"violencia inusitada\" y para lo que empleó diversas \"armas y objetos\"

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha admitido el recurso de la familia de Juana Vacas contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y ha aumentado a 22 años y seis meses la pena de cárcel impuesta a F.J.M. por el asesinato de su exmujer, una de las hijas de la citada anciana y vecina de Torredelcampo.

   Cabe recordar que el condenado asesinó a su ex mujer, que padecía una discapacidad psíquica, en marzo de 2011, en su domicilio, golpeándola "repetidamente" con una "violencia inusitada" y para lo que empleó diversas "armas y objetos".

   Fue condenado por la Audiencia Provincial de Jaén a 22 años y medio, una pena que posteriormente fue rebajada en dos años y medio, hasta dejarla en 20 años, tras el recurso presentado por el condenado ante el TSJA. El caso fue objeto de atención de los medios de comunicación porque Juana Vacas, la anciana madre de la víctima, aceptó la herencia de ésta sin saber que incluía las deudas de su asesino.

   Ahora el Supremo vuelve a aumentar la pena al considerar que el asesino actuó con alevosía y ensañamiento y no solo con abuso de autoridad, como sentenció el tribunal andaluz. El alto tribunal cree que la lectura de los hechos que realizada en la sentencia del TSJA "peca de artificiosa" y subraya que el relato de los hechos pone de manifiesto que "en ningún caso, la posición de radical inferioridad de la agredida llegó a experimentar el más mínimo cambio de cualidad".

   "Careció de cualquier posibilidad de reaccionar con eficacia", señala el Supremo, que ve que los dos "banales estigmas" que la mujer causó al asesino únicamente fueron un "inútil intento de quitárselo de encima". "Ese mero conato de reacción, expresivo, precisamente, de todo lo contrario a la existencia de alguna opción defensiva, no modificó de manera valorable la relación de fuerzas entre los implicados, ni comprometió en lo más mínimo la posición de absoluta superioridad del acusado", recoge.

   El Supremo también ve claro que en el comportamiento del asesino hubo ensañamiento porque, además de causarle la muerte, le infringió "otros padecimientos innecesarios" para tal fin y un "sufrimiento sobreañadido" , pese a que éste en su recurso el asesino negara esa situación.

   En la sentencia, hecha pública este lunes, el TS relata una sucesión de daños que el condenado causó a la víctima y para los que se sirvió de un buen número de elementos, como un cuchillo, un cable o una banqueta, lo que le lleva a afirmar que es "inequívoco" que se pretendía la "causación de intensísimos sufrimientos no preordenados en sí mismos".

   El TS tampoco atiende el recurso del condenado en lo que se refiere a su colaboración con la policía y recuerda que en los hechos probados de la sentencia de instancia se recoge que el asesino "no colaboró con la policía, a la que incluso ofreció datos falsos, como que había visto salir a un individuo de la casa, que su mujer se había cortado, y que el cable se lo puso solo para saber si estaba muerta; negando haber mantenido relaciones sexuales con la víctima".

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