El tiempo en: Chipiona

Campo de Gibraltar

El alcalde de Los Barrios emite un bando sobre la revisión del catastro

La Dirección Generald e Catastro está remitiendo notificaciones a los vecinos

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

El alcalde de Los Barrios, Jorge Romero, ha emitido un bando para informar a los vecinos afectados por el procedimiento de regularización catastral, “algunos ciudadanos de Los Barrios, están recibiendo notificaciones emitidas por el Ministerio de Hacienda, en concreto por la Dirección General del Catastro, referentes al resultado del Procedimiento de Regularización Catastral que ha sido de aplicación en nuestro municipio, conforme a la resolución publicada en el BOE de 5 de Marzo, que determina los municipios y período de aplicación del Procedimiento de Regularización Catastral”.

El Procedimiento de Regularización Catastral procede según la Disposición Adicional Tercera del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (R.D. Legislativo 1/2004, de 5 de Marzo) y tiene como fin la incorporación al Catastro Inmobiliario, y su correspondiente valoración a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tanto de las construcciones omitidas total o parcialmente, como de las modificaciones en los datos físicos de los inmuebles que sean incorrectos o incompletos, tales como ampliaciones, reformas y rehabilitaciones en inmuebles urbanos y rústicos con construcción, con el fin de asegurar su concordancia con la realidad.

Romero ha señalado que “la regularización catastral no implica una nueva revisión de valores catastrales, los inmuebles regularizados se valoran con la ponencia vigente, y el procedimiento no afecta al resto de inmuebles que tributan correctamente. A la hora de pagar los impuestos todos somos iguales y las alteraciones catastrales que no han sido dadas de alta en Catastro deben incluirse para que cada uno contribuya según la realidad”, apunta.

El alcalde ha aclarado que este procedimiento, “lo asume íntegramente el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, sin participación alguna por parte del Ayuntamiento en los costes, ni en las actuaciones vinculadas: el procedimiento sólo implica un coste para el ciudadano al que se presta el servicio, en forma de pago al Estado de la Tasa de regularización catastral (cuyo importe es de 60 euros por inmueble regularizado). La gestión de la tasa de regularización catastral corresponde a la Dirección General del Catastro a través de las Gerencias Territoriales”.

La propuesta de resolución y la liquidación de la tasa se remiten conjuntamente al destinatario. Si se presentasen alegaciones a la propuesta de resolución: la Gerencia Territorial del Catastro en Cádiz dictará el acuerdo que ponga fin al procedimiento teniendo en cuenta las mismas.
En caso de error en la tasa liquidada, la Gerencia anulará la misma y procederá a liquidar una nueva. Si se ha abonado, se tramitará el procedimiento de devolución de ingresos indebidos.

No obstante, hay que dejar reseñado que la propuesta de resolución y la tasa de regularización son dos actos independientes que se remiten conjuntamente al ciudadano. La propuesta concede un plazo de alegaciones de 15 días, transcurrido éste sin que se formulen alegaciones, la propuesta se convierte en definitiva y puede ser recurrida en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de alegaciones sin que se haya alegado.

La tasa de regularización catastral no está afectada por la provisionalidad, es una liquidación definitiva, susceptible de recurso o reclamación en el plazo de un mes desde su notificación.
Los interesados pueden ampliar  la información referente al Procedimiento de Regularización Catastral, puede acceder a la web del catastro: http://www.catastro.meh.es/, en el apartado Preguntas frecuentes o bien acudir a la oficina del Departamento de Catastro, sita en Plaza de la Iglesia, 1 donde se le atenderán las dudas relacionadas con el procedimiento en curso con la información que obre en poder del Consistorio, al no ser los tramitadores directos de los mencionados expedientes.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN