El tiempo en: Chipiona
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Conflicto de poder

La nueva Orden de Hacienda refuerza el control del Ayuntamiento y de Zoido sobre la futura Zona Franca

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Montoro y Zoido -

Los medios de comunicación han interpretado que con la publicación, el sábado 25 de octubre, de una nueva Orden en el BOE el Ministerio de Hacienda ha corregido el error que cometió el 28 de julio, cuando dejó fuera del consorcio de la Zona Franca a la Autoridad Portuaria y la Cámara de Comercio, una omisión señalada en aquel entonces por Viva Sevilla y que ha tenido como consecuencia el bloqueo del futuro recinto aduanero durante estos tres meses.

Tanto el Ministerio de Hacienda como el Ayuntamiento dejaron correr la especie de que aquella omisión se había debido a un error u olvido involuntario, el cual sería subsanado de inmediato con la publicación de una nueva disposición en el Boletín Oficial.

En el BOE se han registrado numerosos casos de correcciones de errores, admitidos como tales y resueltos en el plazo de 24 horas o de, a lo sumo, unos días. ¿Es normal que se haya tardado tres meses en publicar una nueva Orden ministerial para incluir en el consorcio de la Zona Franca a la Autoridad Portuaria y a la Cámara de Comercio?

No parece normal, máxime si se trata de la promesa-estrella de Zoido para su mandato como alcalde, luego debe haber algo más.

Una coartada

¿Y si no se trató realmente de un error? ¿Y si el ‘error’ no fue más que una coartada para encubrir un conflicto de poder?

Vamos a retrotraernos a finales de julio y ver los actos programados para aquellas fechas.

El 29 de julio, martes, estaba convocado un Pleno municipal extraordinario para debatir sobre el estado de la ciudad antes de las vacaciones de verano, probablemente el último debate global previo a las próximas elecciones municipales, que se celebrarán en primavera. Zoido no podía llegar a ese Pleno con las manos vacías en el sentido de que más de tres años después de su investidura como alcalde su proyecto-estrella, la creación de una Zona Franca en el puerto, seguía sin visos de materializarse por falta de andamiaje jurídico, que dependía del Ministerio de Hacienda.

Así pues, el alcalde precisaba con urgencia que el ministro Montoro publicase en el BOE la Orden ministerial que permitiera activar la tramitación administrativa de un proyecto que él había presentado como vital para el futuro de la ciudad y como generador de miles de empleos.

El acuerdo ya habría sido pactado con el ministro, hasta el punto de que en  la víspera del Pleno municipal, el lunes 28 de julio, los dos iban a comparecer en un acto en el Real Alcázar al que se había invitado a 200 empresarios sevillanos para presentarles conjuntamente la Orden ministerial que, días antes o en esa misma fecha en último extremo, iba a aparecer en el BOE dando luz verde a la Zona Franca de Sevilla.

Esa Orden era la HAP/1358/2014, de 25 de julio (datada el viernes previo), por la que se autorizaba la constitución del consorcio de la Zona Franca de Sevilla y se aprobaban sus estatutos. Podría haberse publicado el sábado 26 de julio, pero no aparece en el BOE hasta el lunes 28, justo el mismo día en que Montoro viajó a Sevilla a anunciar la buena nueva conjuntamente con Zoido a los empresarios convocados al Alcázar, unos empresarios entre los que a partir de ese momento empieza a correrse la voz de que el ministro ha dejado fuera a la Autoridad Portuaria y a la Cámara de Comercio.

El olvido aparente se presenta como error subsanable pero la Orden cumple el objetivo político de salvarle la cara al alcalde durante el Pleno del debate sobre el estado de la ciudad, en que la oposición no puede ya reprocharle el fracaso en su proyecto-estrella porque Zoido puede enseñar el BOE, aunque la tramitación administrativa y jurídica se dilate durante un tiempo, un tiempo que nadie podría imaginar se prolongaría durante tres meses.

Si se compara la Orden de la supuesta corrección de errores, publicada en el BOE el pasado sábado (25 de octubre), con la original del 28 de julio y analizamos los ‘errores’ corregidos podemos llegar a algunas interesantes conclusiones.

Se modifica el artículo 2 para incluir en el consorcio a la Autoridad Portuaria y a la Cámara de Comercio, que no figuraban en la Orden del 28 de julio.

Bien, pero la clave radica en la modificación del artículo 10, sobre la composición del pleno del consorcio, que ahora queda integrado por: el alcalde; tres representantes del Ayuntamiento elegidos entre concejales que formen parte de la Junta de Gobierno local; el delegado especial del Gobierno, nombrado por Hacienda; el delegado regional de Aduanas; tres representantes de la Autoridad Portuaria y uno de la Cámara de Comercio (hay también un secretario, con voz pero sin voto, salvo que actúe como tal uno de los anteriores). En total hay 10 miembros (sin contar al secretario).

En la Orden original, la del 28 de julio, sólo había 5: el alcalde, dos concejales y los dos delegados por parte del Estado. Vemos que, aparte de la inclusión de los representantes de la Autoridad Portuaria y de la Cámara, el Ayuntamiento tiene ahora uno más que antes: cuatro de un total de diez.

Olvido revelador

Volvamos a la Orden original, la del 28 de julio, artículo 11. Reza así: “El Consorcio podrá en cualquier momento, mediante acuerdo del Pleno y con al menos nueve votos favorables, proponer la modificación de la forma de representación de las entidades.....”.

¿Nueve votos? ¡Pero si en el artículo 10 sólo aparecen como miembros del Pleno cinco personas: el alcalde, dos concejales y dos delegados del Estado! ¿Cómo se va a adoptar un acuerdo por 9 votos cuando sólo hay 5 posibles?

Saldrían nueve votos si hubiesen aparecido en el artículo anterior como miembros del consorcio los tres representantes de la Autoridad Portuaria y el de la Cámara de Comercio, y por eso en el artículo 11 se habla de 9 votos y no de 5.

¿Qué pudo haber ocurrido? Recordemos: la Orden se redactó un viernes y el acto de presentación de Montoro y Zoido ante los empresarios había sido convocado para el lunes siguiente.

Verosímilmente, el Ayuntamiento, que conoció el texto previamente, no estaba dispuesto a quedar en pie de igualdad con la Autoridad Portuaria (tres representantes cada uno), pese a ser ésta la dueña de los terrenos de la Zona Franca. Ese rechazo obligaba a cambiarlo todo, pero con un fin de semana por medio y con los actos programados para el lunes y el Pleno municipal para el martes ya no daba tiempo a rehacer en profundidad la Orden ministerial antes de publicarla tal como estaba redactada.

Solución

La solución de emergencia consistió en eliminar de un plumazo la parte final del artículo 10 (donde figuraban los representantes de la Autoridad Portuaria y de la Cámara de Comercio), pero con las prisas se olvidaron de corregir la discordancia reveladora de los 9 votos a que hacía referencia el artículo siguiente.

Y para salvar la situación, cuando la omisión fue descubierta se presentó como un error u olvido lo que en realidad era un conflicto de poder que habría planteado el Ayuntamiento por mantener el control del proyecto-estrella del alcalde.

Por eso la nueva Orden no se limita a corregir la mera inclusión de la Autoridad Portuaria y de la Cámara de Comercio: incorpora nueve modificaciones a la anterior del 28 de julio. La principal es que ahora el Ayuntamiento tiene un representante más (cuatro) que la Autoridad Portuaria (tres) y que se cambia en su beneficio la redacción del artículo 11. Si antes debía haber unanimidad (9 votos) en el Pleno del Consorcio para modificar la forma de representación de la entidades integrantes, ahora bastan 6 votos favorables (los que sumarían los 4 del Ayuntamiento más los dos de los delegados del Estado).

El voto del alcalde

Anteriormente (artículo 15), se especificaba que los acuerdos “podrán ser tomados por mayoría; en caso de empate decidirá el voto del presidente”. Ahora ya no es potestativa sino obligatoria esa mayoría en la nueva redacción, y como en caso de empate decide el voto del presidente, el que en calidad de tal tendrá la última palabra en el consorcio será siempre Zoido mientras sea alcalde. Y para que haya empate, al Ayuntamiento le bastará sumar el apoyo de tan sólo un solo representante a los cuatro suyos.

También se modifica la composición del Comité Ejecutivo, que funcionará como brazo del consorcio. Si antes estaba formado por los dos delegados estatales más dos miembros nombrados por el pleno, ahora éstos se amplían a tres para hacer un hueco a la Autoridad Portuaria, pero siempre quedarán dos más, en la órbita del Ayuntamiento.

En resumen, la nueva Orden ministerial está diseñada para reforzar el control del Ayuntamiento y de Zoido sobre la Zona Franca, aunque ello haya supuesto un retraso de tres meses que ha frustrado el inicio de las obras en 2014 y que por su duración (8 meses para el vallado) se prolongarán probablemente más allá de la fecha límite fijada en el BOE: el 31 de agosto de 2015.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN