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Guardia Civil condenado a 3 años en Tarifa por robar droga incautada

El agente había declarado que cogió la droga para ayudar a su mujer, afectada por un cáncer de mama. Ocultaba casi 66.000 euros que dijo que guardaba a su padre

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  • Sección de Algeciras. -

La Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial ha condenado a tres años y un mes de cárcel y once años de inhabilitación para el ejercicio de su profesión a un guardia civil de Tarifa que se había apoderado ilícitamente de tres pastillas de hachís que habían intervenido previamente en un vehículo con la intención de venderla y lucrarse personalmente con ello.

Según considera la sala hechos probados, el 17 de noviembre de 2015, tras finalizar las labores de extracción de la droga oculta en un vehículo en la nave de cabotaje de la Sección Fiscal del Puerto de Tarifa, de manera casual otro agente descubrió ocultas tras un mueble dos pastillas de hachís con la inscripción “Paris”, -coincidentes con las intervenidas en el vehículo- y una tercera, oculta en el bidón de la basura.

Dos días después, y tras montarse el correspondiente dispositivo de vigilancia, sobre las 5.45 horas, el acusado, agente de la Guardia Civil con destino en la referida Sección, entró en la nave de cabotaje, apoderándose de las pastillas mencionadas , que se habían dejado en el mismo lugar en que las había ocultado, dirigiéndose velozmente con su moto a su domicilio, siendo seguido, de forma inmediata, por otro agente en un vehículo camuflado y otro en una motocicleta.

Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso ANDALUCÍA INFORMACIÓN, el acusado, a requerimiento de sus compañeros, les hizo entrega de las tres pastillas de hachís, con un total de 294 gramos y un índice de THC del 21,7%, que habría tenido un valor oficial de 1.637 euros en el mercado. Los magistrados consideran probado que el acusado tenía en su poder las sustancias para su posterior venta a terceras personas.

Lo que reforzaba esta tesis es que, en el interior del garaje del acusado fueron intervenidos 65.980 euros, tras el registro al que accedió voluntariamente el inculpado, y que según la sala son producto de su ilícita actividad. El dinero se hallaba oculto en una caja de caudales en el garaje del acusado, quien en el juicio aseguró que dicha cantidad se la había dado su padre para su guarda.

La sentencia decreta también el decomiso de las cantidades intervenidas, debiendo darse a la droga el destino legal. A ello se suma una multa de 6.500 euros, con cinco días de arresto sustitutorio en caso de impago por insolvencia acreditada, y el abono de las costas procesales. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación.

Para ayudar a su mujer con cáncer

Durante sus declaraciones, el agente insistió en el hecho de haber cogido las pastillas de hachís, halladas casualmente según su versión, por necesidad para ayudar a su mujer, enferma de cáncer de mama.

Frente a los testimonios de otros guardias civiles intervinientes, el acusado mantuvo en la declaración transcrita inicialmente, el hallazgo casual de las pastillas en la nave de cabotaje, con ocasión de haber accedido a la misma para dejar su moto mientras trabajaba. 

La versión mencionada “no resulta creíble” para la sala, ya que “las pastillas de hachís que le son intervenidas de forma inmediata, atendido el seguimiento en un vehículo camuflado, ha quedado debidamente acreditado que se hallaban ocultas, que fue de forma casual al mover un mueble con ocasión de limpiar la nave tras haber finalizado la extracción de la droga que se hallaba en las ruedas de un coche, cuando se encuentran las dos pastillas -con el mismo símbolo, París-, que las extraídas, ocultas tras un mueble, y una tercera en el interior del bidón de la basura , tras haber procedido a un examen más minucioso , con la inscripción CR7.

Cuentas bancarias

Según el testimonio de uno de los agentes durante el juicio, celebrado a finales de septiembre, lo que más le llamó la atención del estudio efectuado a las cuentas del acusado fueron las imposiciones realizadas en la cuenta en la que aparecía como titular su hijo, de 4.400, 5.000 y 2.000 euros respectivamente, sin que se haya podido determinar su procedencia. También que de la cuenta bancaria donde se ingresaba la nómina no hubiera apenas movimientos. de reintegro.

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