El Ayuntamiento de Sevilla acordó el pasado 20 de octubre requerir de nuevo a los habitantes de una vivienda enclavada en plenos Jardines de Murillo, entre el paseo de Catalina de Ribera y la plaza de los Refinadores, el "desalojo" del inmueble al haber detectado una situación de "ocupación ilegítima del dominio público" y considerar "extinguido cualquier derecho para la ocupación" de esta casa de estilo regionalista, fruto de la transformación del antiguo evacuatorio de este jardín histórico.
Según precisaban a Europa Press fuentes del Ayuntamiento hispalense, este inmueble correspondería al "antiguo evacuatorio" de los Jardines de Murillo, convertido en vivienda hace ya décadas. En la década de los años 40 del siglo pasado, la vivienda habría comenzado a ser habitada por el entonces responsable de los servicios municipales de Parques y Jardines, sin que esta persona contase con "título" alguno para ello, toda vez que su descendencia habría continuado habitando el inmueble, también sin gozar de ningún título legal ligado a la casa, según el Consistorio hispalense.
Después de que el Ayuntamiento, propietario de los Jardines de Murillo, emprendiese un procedimiento de "regularización" de la situación del inmueble, promoviendo su "desahucio administrativo", la junta local de gobierno desestimó el pasado 2 de junio las "alegaciones" formuladas al respecto por los habitantes del inmueble, declarando "extinguido cualquier derecho para la ocupación" del mismo y "ordenando su desalojo en el plazo de tres meses".
"OCUPACIÓN ILEGÍTIMA"
La junta local de gobierno, según la documentación recogida por Europa Press, desestimó también la petición de los habitantes del inmueble en cuanto a la "suspensión" del procedimiento, "dado que se trata de una ocupación ilegítima del dominio público, afecto al uso público, de un parque urbano que constituye un sistema general".
Y aunque los moradores de la vivienda interpusieron un recurso de reposición contra los citados acuerdos de la junta de gobierno del Ayuntamiento, dicho órgano acordó el pasado 28 de julio la desestimación de este recurso de reposición. Así, y en un contexto en el los habitantes del inmueble tienen la opción de recurrir por la vía Contencioso Administrativa las medidas promovidas por el Ayuntamiento, el pasado verano se ordenaba de nuevo el "desalojo" del inmueble.
Ya en la sesión celebrada el pasado 20 de octubre por la junta local de gobierno, dicho órgano acordaba "requerir nuevamente" a los habitantes de la citada construcción el desalojo de la misma, en un plazo de ocho días a contar desde la notificación de la orden. En su requerimiento, el Consistorio avisaba del posible inicio de un procedimiento de "lanzamiento", en caso de que su orden no sea atendida.