El tiempo en: Chipiona

San Fernando

Las zonas de interés para Defensa aún no se han publicado en el BOE

Cano (Cs) cuestiona que no se ha procedido a declararlo exclusivamente como zona de seguridad de las instalaciones o zona de acceso restringido a la propiedad.

Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Población de San Carlos. -

El diputado nacional de Ciudadanos (Cs) por la provincia de Cádiz Javier Cano ha presentado una pregunta escrita al Gobierno para conocer lo referente a la declaración como zonas de interés para la Defensa Nacional de la Base Naval de Rota, de la Población militar de San Carlos de San Fernando y del Cortijo de Buenavista o Yeguada Militar en San Roque.

En la pregunta, recogida por Europa Press, Cano recuerda la citada declaración, que aún no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado, se sustenta en la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que en su artículo 2 define las mismas como las extensiones de terreno, mar o espacio aéreo que así se declaren en atención a que constituyan, o puedan constituir, una base permanente o un apoyo eficaz para las acciones ofensivas o defensivas necesarias para tal fin.

Asimismo, el diputado de la formación naranja se hace eco de que estas zonas quedarán bajo la vigilancia y responsabilidad del Ministerio de Defensa, que será el competente para realizar el despacho y tramitación de solicitudes y otorgamiento de autorizaciones referentes a la observancia y cumplimiento de cualquier clase de prohibiciones, limitaciones o condiciones impuestas a dichas zonas.

Por todo ello, Cano ha preguntado por qué no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto que declara como zona de interés para la Defensa Nacional la Base Naval de Rota, de la Población militar de San Carlos de San Fernando y el Cortijo de Buenavista o Yeguada Militar, en San Roque.

Continuando esa línea, ha cuestionado cuál es la razón por la que en lugar de declarar el espacio como zona de interés para la defensa nacional, no se ha procedido a declararlo exclusivamente como zona de seguridad de las instalaciones o como zona de acceso restringido a la propiedad por parte de extranjeros.

Por último, Cano ha solicitado saber cual es la superficie de la zona concretamente afectada, las prohibiciones, limitaciones y condiciones sobre la utilización de la propiedad inmueble, así como bajo qué autoridad militar jurisdiccional queda la zona declarada como de interés para la Defensa Nacional.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN