El tiempo en: Chipiona
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Urbanismo de Sevilla deberá pagar 7.660 euros a motorista por caída

La Gerencia de Urbanismo deberá pagar 7.660,3 euros de indemnización a una motorista que sufrió un accidente debido a las grietas de la calzada

Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Las grietas de la calzada motivaron el accidente. -

La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla deberá pagar 7.660,3 euros de indemnización a una motorista que sufrió un accidente en mayo del 2015 al considerar la jueza acreditado que el mal estado de la calzada "irregular, con fisuras y grietas" fue la principal causa de su caída.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, la titular del juzgado contencioso-administrativo número 5 de Sevilla estima parcialmente el recurso presentado por la motorista contra la resolución de la Gerencia de Urbanismo que le denegó la indemnización solicitada por daños y perjuicios, si bien reduce de 11.703,88 euros que pedía la denunciante a 7.660,3 la indemnización que le corresponde por los días de baja, al no tener en cuenta el tiempo desde que recibió el alta del traumatólogo hasta que comenzó la rehabilitación.

La Gerencia de Urbanismo alegó que el "incumplimiento del deber de prudencia" por parte de la motorista, ya que debía circular por el carril de la derecha, y que el desperfecto de la calzada no tenía "entidad suficiente", por lo que rechazaba la responsabilidad patrimonial o en su defecto indicaba que la culpa del siniestro fue al 50% del estado de la vía y de la denunciante.

Sin embargo, la jueza considera que en el juicio ha quedado acreditado por las declaraciones de la Policía Local y de testigos de la caída que "el estado de la calzada hacía que no se mantuviera con los estándares exigibles conforme a la conciencia social", deberes que "incumbían a la Gerencia de Urbanismo".

Las "fisuras y grietas" de la carretera fueron la "causa principal" de la caída de la moto ya que "si bien para vehículos de cuatro ruedas puede no presentar problemas, para el tráfico de motos puede resultar potencialmente peligroso".

El fallo deja claro que "sí" hubo "relación causal" entre el estado de la vía y la caída, y rechaza que se pueda atribuir a la víctima la mitad de la culpa ya que no circulaba a velocidad excesiva y no ha quedado acreditado que si hubiera ido por el carril derecho "hubiera resultado de más diligencia".

El accidente ocurrió sobre las 20.40 horas del 20 de abril de 2015 en la Avenida Manuel del Valle en dirección a Kansas City, cuando la motorista subía el puente sobre las vías del tren en una moto con los neumáticos en buen estado y las revisiones en regla, al tiempo que la conductora llevaba el caso puesto.

En su reclamación de la indemnización, la denunciante señalaba que sufrió heridas y lesiones que tardaron 56 días en curar en los que estuvo de baja y otros 97 "días no impeditivos" afectada -si bien éstos no han sido contabilizados por la jueza-, además de padecer secuelas por "perjuicios estéticos".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN