La Diputación de Huelva ha publicado la convocatoria para la concesión de subvenciones de Presidencia a proyectos de Entidades locales de la provincia de Huelva y a personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro. El plazo para presentar los proyectos objeto de estas ayudas finaliza el próximo 8 de mayo.
La presente convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), contempla las siguientes entidades beneficiarias, según dos líneas de subvención diferenciadas: por una parte, una Línea destinada a Entidades locales de la provincia de Huelva, para proyectos que versen sobre materias en las que tenga competencias legalmente reconocidas, y que repercutan positivamente en la provincia de Huelva.
Y a una segunda línea pueden concurrir personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, clubs deportivos, federaciones), que puedan llevar a cabo los proyectos o actividades presentadas que igualmente repercutan positivamente en la provincia.
No podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria de subvenciones aquellos proyectos que reciban cualquier tipo de subvención o ayuda por parte de algún Área o Servicio de esta Diputación, ha matizado en un comunicado el ente provincial.
En el supuesto de personas jurídicas deberán estar legalmente constituida. Si es una asociación, fundación, club o federación deportiva debe estar inscrita en el correspondiente registro, tener domicilio social en la provincia de Huelva y estar al corriente en las obligaciones con la Diputación Provincial y no tener pendiente de justificación o reintegros de subvenciones concedidas con anterioridad.
En ambas líneas los proyectos deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2019, no pudiendo finalizar más allá del 31 de enero del 2020, excluyéndose los proyectos que no cumplan este requisito.
El importe máximo de ayuda para un proyecto será de 5.000,00 euros independientemente de la línea a la que se presente, salvo circunstancias muy excepcionales justificadas en el expediente (trascendencia del fin).
En cuanto a la valoración de las solicitudes de las ayudas de Presidencia, se valorarán cuatro criterios de los proyectos presentados: la población que tenga el municipio de la entidad solicitante --en la Línea 2 se entenderá que el municipio de la entidad solicitante será el de su sede social--; la cofinanciación con fondos propios el presupuesto del proyecto/actividad, por la entidad solicitante y el presupuesto total del proyecto/actividad objeto de la subvención.
El cuarto criterio es el interés del proyecto/actividad presentado, dentro de cual se valorarán aspectos como el colectivo prioritario de actuación (si los destinatarios del proyecto/actuación son colectivos vulnerables a la exclusión social), si los proyectos/actuaciones son presentados y gestionados por los propios colectivos y que entre sus objetivos prioritarios se encuentren: la Promoción socioeconómica; Promoción sociocultural; Promoción sociolaboral; Promoción deportiva y/o de ocio; de intervención social; Promoción y mejora de la gestión medioambiental y sostenibilidad; Mejora de la accesibilidad y/o eliminación de barreras arquitectónicas y/o Promoción de la Igualdad de género.
Las entidades locales deberán presentar necesariamente sus solicitudes a través de la plataforma de la Intranet Provincial de la Diputación de Huelva. Los colectivos privados (asociaciones, federaciones, clubs deportivos) deberán presentar necesariamente sus solicitudes a través de la plataforma de subvenciones de la sede electrónica de la Diputación de Huelva (para acceder se necesita contar con un certificado digital).
Las bases y requisitos de las ayudas para los proyectos que se quieran presentar, están publicadas en la web de la Diputación de Huelva, 'bit.ly/2IoPCQZ'.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el miércoles 8 de mayo, 20 días hábiles después de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva. Las solicitudes se presentarán acompañadas de los anexos y la documentación específica establecida.