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Almería

Condenados una mujer por prostituir a la hija menor de su pareja en Almería

El fallo absuelve al padre biológico de la menor tras determinar que no conocía que su hija menor de edad ejercía la prostitución

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  • La Audiencia Provincial de Almería. -

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a seis años y tres meses de prisión a una mujer que obligó a la hija de su pareja a prostituirse cuando estas contaba con 15 años de edad durante cerca de tres años así como a otros seis clientes, algunos de los cuales llegaron a violar a la joven, después de que parte de ellos reconocieran haber contratado los servicios sexuales a sabiendas de la minoría de edad de la chica.

El fallo, consultado por Europa Press, absuelve al padre biológico de la menor tras determinar que no conocía que su hija menor de edad ejercía la prostitución obligada por su pareja sentimental, según las declaraciones efectuadas por la propia víctima en las que siempre afirmó "de forma rotunda" que su progenitor, quien viajaba fuera del país y trabajaba fuera de casa, era "desconocer en absoluto" de lo que hacía puesto que "nunca lo hubiera consentido".

El tribunal de la Sección Segunda confiere credibilidad al testimonio de la víctima no solo por su persistencia, puesto que "hasta en cinco ocasiones" en las que ha declarado en fase de instrucción ha seguido "la misma línea de seguridad y relato similar de los hechos denunciados", sino también porque algunos de los acusados han reconocido mantener al menos una relación sexual con la menor, por lo que han sido condenado a penas de entre once meses y diez años de prisión.

Según consta en la sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, los hechos se remontan a abril de 2011, cuando la mujer suministró entre esa fecha y 2012 a la menor una sustancia que le privó de su conocimiento para días después oscultarla y decirle que ya "no era virgen", con lo que amenazó con decírselo a su padre su no accedía a ejercer la prostitución.

La condenada exigió a la menor que buscara clientes en la calle, de modo que tenía que volver a casa con al menos 50 euros ya que en caso contrario no le daría de comer ni la dejaría dormir en la vivienda. Esta situación generó una situación de "angustia" en la menor, quien empezó a acudir a zonas donde se ejerce la prostitución para buscar clientes, mientras que en otras ocasiones era la propia acusada quien buscaba a hombres para que se acostaran con la niña.

Asimismo, la mujer zarandeaba, pegaba e insultaba si le llevaba la cantidad indicada o no cumplía con sus encargos, sentido en el que, en una ocasión a finales de 2013 en la que la menor no pudo llevarle 50 euros, le hizo una quemadura en el brazo derecho con un cuchillo que había puesto previamente al fuego de la cocina. La víctima no recibió tratamiento médico para curar su herida, que le ha dejado una cicatriz.

Ante esta acciones, la Audiencia ha condenado a la mujer por un delito relativo a la prostitución a cinco años y seis meses de prisión y a 21 meses de multa a razón de seis euros por día y cinco años de libertad vigilada, mientras que por un delito de lesiones en el ámbito familiar le impone nueve meses de prisión, con prohibición de acercarse nunca a menos de 500 metros de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier sitio frecuentado por la víctima, a la que deberá indemnizar con 60.000 euros. De otro lado, a absuelve de un delito de violación.

En el caso de los clientes, condena a los cuatro que adelantaron sus indemnización a once meses de prisión por un delito relativo a la prostitución así como a penas de multa y libertad vigilada, toda vez que a uno de ellos le impone además once meses adicionales de prisión por un delito de detención ilegal, al haber tratado de retener a la chica.

Asimismo, impone penas de dos años de cárcel a otros acusados por el mismo motivo, con penas adicionales de ocho años de prisión por violación a dos de ellos, quienes obligaron a la menor a realizar prácticas sexuales a las que se negaba, de forma que fue obligada a ello. Para establecer toda las penas, el tribunal ha tenido en cuenta la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

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