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Almería

Níjar saca el desarrollo residencial y comercial en los accesos a Mónsul y Genoveses

Para el desarrollo urbanístico con parcelas residenciales y de uso comercial de los terrenos ubicados al inicio de la pista forestal

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  • El Ayuntamiento de Nijar. -

El Ayuntamiento de Níjar (Almería) ha sacado a información pública la innovación al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para el desarrollo urbanístico con parcelas residenciales y de uso comercial de los terrenos ubicados al inicio de la pista forestal que conduce desde el núcleo urbano de San José a las playas de acceso restringido de Genoveses y Mónsul, ubicadas en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar.

La modificación de planeamiento, para la que se abre este miércoles plazo para alegaciones de un mes tras su publicación en BOP, incluye "algunos ajustes" como "consecuencia" de los informes emitidos en el proceso de tramitación ambiental, según indica la documentación de la promotora Torres y González Díaz SL consultada por Europa Press.

Cabe recordar que en agosto de 2020 la Junta de Andalucía endureció los requisitos para dar luz verde de esta modificación del planeamiento urbanístico de Níjar al considerar que podía "tener efectos significativos sobre el medio ambiente" y resolvió que debía tramitarse mediante un procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica ordinario y no mediante el proceso simplificado como se acordó en 2018.

La innovación para el desarrollo de la Unidad de Ejecución UEA-SJ-24 propone dos alternativas que, según el promotor, resuelven una "serie de disfunciones en la actual trama urbana del núcleo de San José", teniendo en cuenta "que es suelo urbano no consolidado" y su "posición estratégica como pórtico de la única vía de acceso al sector sur del parque natural, la Ensenada de Genoveses y las playas de Genoveses y Mónsul".

En ambas alternativas, en las que el uso característico del suelo es "residencial" pero también "compatible con otros usos como hotelero, comercial y de oficinas", mantiene que se "ordenan y se mejoran" las conexiones viales de San José con los accesos al parque natural, se "recualifica paisajísticamente" la puerta de entrada a Mónsul y Genoveses, y se genera "oferta de vivienda protegida.

La alternativa uno propone un número máximo de 26 viviendas unifamiliares aisladas en parcelas de 150 metros cuadrados mientras que en la alternativa dos el número máximo de viviendas se reduce a 20 al aumentar en 100 metros cuadrados la parcelas.

Con respecto a la área comercial, el promotor remarca que es de "necesaria implantación" dada la "carencia de este tipo de equipamiento en su proximidad" y a la "gran demanda de pequeño consumo, sobre todo en épocas punta de mayor afluencia excursionistas y visitantes".

Precisa que, en la segunda alternativa, se "resta protagonismo visual al equipamiento comercial privado aunque sin renunciar a el", ya que queda "insertado entre la trama residencial" mientras que en la primera alternativa, la parcela comercial está "directamente vinculada a la rotonda y al vial de acceso al parque natural".

El promotor, que propone como ordenación seleccionada para su evaluación la alternativa dos, considera que esta dispone las plazas de aparcamiento en la zona "funcionalmente mejor", incorpora una mayor superficie de zonas verdes como "amortiguación entre el suelo urbano y el suelo no urbanizable colindante" y se adapta más "al emplazamiento ya que permite una continuidad visual que facilita la lectura del paisaje".

El Ayuntamiento de Níjar aprobó el pasado mayo inicialmente con los votos a favor del equipo de gobierno de PSOE, el respaldo de Vox y la abstención de PP y Adelante Níjar, la innovación al planeamiento propuesta por Torres y González Díaz SL por "permitir el desarrollo ordenado de una zona de suelo urbano no consolidado" y "cubrir el déficit de infraestructuras y dotaciones" en ese área.

El documento de alcance del estudio ambiental estratégico emitido por la autoridad ambiental de la Junta andaluza y que sirvió para endurecer la tramitación de esta innovación indicó que las parcelas localizan "íntegramente" dentro de los límites del parque natural aunque como zona D o áreas excluidas de la zonificación ambiental, donde se incluyen "suelos urbanos y urbanizables cuyo desarrollo, a priori, se considera posible" siempre que se determine "su no afección a los hábitats naturales y especies que motivaron la inclusión de Cabo de Gata en la red Natura 2000".

TRES HÁBITATS NATURALES DE INTERÉS COMUNITARIO, DOS "PRIORITARIOS"

En este punto, el documento de alcance elaborado por la Delegación Territorial subrayó que, de acuerdo a la cartografía de 2018, en el ámbito de este sector urbanístico "se presentan tres hábitats de interés comunitario, dos de ellos de carácter prioritario".

Los técnicos, sin embargo, consideraron a lo largo de la elaboración de este informe que era necesario realizar una "inspección de campo" para incluir "una serie de precisiones" debido, según argumentan, a las "discrepancias observadas en las cartografías consultadas y teniéndose en cuenta la precisión que requiere el planeamiento urbanístico".

De acuerdo a estas inspecciones, los hábitats se concentrarían en los terrenos ubicados en la ladera que se eleva al norte de la calle Ronda de San José, desde la que se accede a las emblemáticas playas de Genoveses y Mónsul, y donde la promotora del proyecto ubica la construcción de varias viviendas sobre una superficie de uso residencia de casi 3.000 metros cuadrados y la parcela comercial de 131 metros cuadrados "como centro de avituallamiento de los visitantes del parque".

En el lado sur se "consideran inexistentes" estos hábitas ya que se trata de "terrenos alterados, ocupados en su mayor parte por especies arbóreas propias de zonas ajardinadas y por pastizales".

Los técnicos de la Delegación Territorial de Medio Ambiente aludían a la presencia en la ladera norte de numerosos ejemplares de cornical, "especie característica", según remarcaban, de uno de los hábitats prioritarios y también, aunque con menor número de ejemplares, de otras especies como el palmito, el asparragus, y launea. Añadían, por su porte y cobertura, la presencia puntual de un gran ejemplar de efedra.

De los otros dos hábitas prioritarios, minimizaban su presencia en los terrenos ocupados por la unidad de ejecución urbanística ya que constituyen "bien una comunidad vegetal mal estructura y pobre en especies o bien un pastizal de especie graminea perenne, que no es característica".

En síntesis, la Delegación Territorial concluyó que era "necesario" llevar a cabo una evaluación ambiental posterior "para determinar la posible afección a los hábitats naturales y especies que motivaron la inclusión del espacio natural en la Red Natura 2000, en caso de que pudiera darse tal afección".

Otro de los extremos que llevaron a un procedimiento administrativo de evaluación ambiental ordinario y no simplificado fue la disponibilidad de recursos hídricos, por lo que la Junta instó a hacer una serie de subsanaciones, entre ellas especificar los documentos que avalan esa necesaria disponibilidad de los recursos para abastecimiento hídrico.

En el trámite de consultas abierto en el marco del trámite de evaluación ambiental estratégica simplificada, tanto el Grupo Ecologistas Mediterráneo (GEM) como Asociación de Amigos del Parque Natural alegaron en contra.

Argumentaron que el proyecto, que estuvo paralizado años, debería ser evaluado "negativamente" y apuntaban, entre otros aspectos, a que podría suponer "un incremento de la presión humana que podría contribuir de forma negativa a los valores naturales del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar" y a que el incremento en la densidad urbanística con una transformación "total" del terreno "contraria a la normativa para la protección del paisaje" conllevaría un "daño ambiental irreparable".

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