El tiempo en: Chipiona

Cádiz

La Junta sí respondió al Ayuntamiento sobre el colector de la playa de Santa María del Mar

Remitió un oficio el día 18 indicando que la empresa que expiró el plazo de garantía de las obras y, por tanto, no puede arreglar los daños

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
Andaluc�a Informaci�n
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • La empresa que llevó a cabo las obras del colector no puede arreglar los datos actualmente. -

El anuncio por parte de la presidenta de Aguas de Cádiz, Ana Fernández, de que el Ayuntamiento y la empresa municipal iniciarán trámites legales ante la negativa de la Junta de Andalucía a dar solución a la situación del colector de aguas pluviales de Santa María del Mar, dado su deterioro y el riesgo medioambiental y el peligro de derrumbamientos, ha causado estupor en la Delegación del Gobierno en Cádiz.

En concreto, ha sorprendido que sostuviera en un comunicado este martes que “ni el Ayuntamiento ni en Aguas de Cádiz hemos recibido de momento ninguna contestación de la Junta de Andalucía” a los requerimientos realizados porque, lo cierto es que sí lo hecho.

El oficio, al que ha tenido acceso VIVA CÁDIZ, tiene fecha de 18 de julio, está firmado por la delegada territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca de Cádiz, Ana María Bertón, y es consecuencia de la reclamación presentada el 11 de marzo de 2020 por Aguas de Cádiz sobre los “vicios ocultos en las obras realizadas por el Gobierno andaluz, encomendadas a la Agencia de Medio Ambiente y Aguas.

El documento indica que la construcción del emisario submarino de La Paz-Puntales y el aliviadero Plaza de la Victoria-Santa María del Mar se ejecutaron “correctamente”, bajo la inspección de la propia empresa municipal.

Las obras fueron puestas en servicio para uso público el 2 de junio de 2011, aunque el aliviadero de Santa María del Mar ya había sido puesto en servicio en el año 2008.

La delegada territorial entiende que “los daños producidos son consecuencia de temporales extraordinarios y no de falta de adecuación de la obra ejecutada o vicios ocultos de la misma”. Por lo tanto, estima que “no corresponde al contratista acometer las reparaciones de los citados daños”.

El oficio detalla, en este sentido, que los trabajos “finalizaron el 31 de mayo de 2011 y el plazo de garantía de las obras concluyó el 2 de junio de 2013, esto es, dos años desde la recepción y entrega”.

Asimismo, el documento agrega que, “con fecha 9 de mayo de 2017, reunida la comisión de seguimiento del convenio marco de cooperación entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Cádiz para la ejecución de obras de saneamiento y depuración de aguas residuales de 23 de mayo de 1994 se acordó la extinción del citado convenio sin más alegaciones”.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN