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Casi 26.600 euros de sanción a un algecireño por almacenar neumáticos

La Junta propone una multa por acumularlos y venderlos en un lugar sin autorizar

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La Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la propuesta de sanción de 25.866 euros a un algecireño por almacenamiento y venta de neumáticos fuera de uso.

Acusan a L.A.C.G. porque “existen varios acopios de neumáticos fuera de uso, algunos de ellos en lugar no cerrado, delimitado ni señalizado, careciendo dichos acopios de medidas de seguridad y de control de incendios. El almacenamiento de residuos de aparatos eléctrico y electrónicos, tanto peligrosos como no peligrosos, incumpliéndose los requisitos para dichos almacenamientos. La venta de  residuos peligrosos a personas no autorizadas ni registradas (particulares), sin que además conste comunicación previa de  dicha actividad en esta Delegación Territorial. Asimismo, las operaciones de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos  (almacenamiento) que se realizan en la instalación están sujetas a Autorización Ambiental Unificada, sin que su titular haya  obtenido dicha autorización que le habilite para las operaciones de gestión de residuos en la instalación”.

Los hechos se producen, según indica el BOJA, en el paraje conocido como “Descampado Tres El Punto Limpio de Los Guijos. Ctra. N-340”, sito en el término municipal de Algeciras.

La infracción está “tipificada en el art. 131.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como muy grave y sancionable según arts. 131.1.a) y 132.2 del mismo texto legal. Infracción tipificada en el art. 148.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como leve y sancionable según art. 148.1.a) y 148.2 del mismo texto legal. Infracción tipificada en el art. 147.1.k) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como grave y sancionable según art. 147.1.k) y 147.2 del mismo texto legal. Infracción tipificada en el art. 147.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificada como grave y sancionable según art. 147.1.a) y 147.2 del mismo texto legal”.

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