El Ayuntamiento de Chipiona ha vuelvo a publicar, un verano más, un bando para dar a conocer la existencia de la ordenanza municipal de uso y aprovechamiento de los corrales de pesquería en su término municipal.
A través de la referida normativa se establecen, ordenan y regulan las condiciones y requisitos de los usos y aprovechamientos susceptibles de realización en el interior de estas milenarias artes de pesca. Especialmente, en lo que se refiere al ejercicio de la actividad tradicional de pesca a pie o ‘marisqueo’, según el término de uso común y tradicional en la población, así como las medidas relacionadas con su protección, preservación y conservación.
Además, se informa que la vulneración de los contenidos a la referida Ordenanza puede ser sancionada con multas económicas de hasta 300 euros. Además, esta sanción podría exigir, cuando resulte procedente, la reposición de los daños causados o la indemnización económica por los mismos, así como las responsabilidades de carácter penal o civil que pudieran corresponder.
En este bando se informa que las denuncias por motivos tales como daños al medio ambiente, capturas de especies protegidas, no autorizadas o en periodo de veda o de inmaduros, la venta de las capturas, el uso de artes prohibidas y similares, que estén expresamente atribuidas a otra Administración por virtud de las competencias que les sean propias, serán remitidas a la misma para tramitación del correspondiente expediente sancionador.
De igual manera, se recuerda que está prohibido el uso de camaroneras en todas las playas de Chipiona y que cualquier información al respecto de los contenidos de la citada Ordenanza municipal se encuentra a disposición de los ciudadanos y ciudadanas en las dependencias municipales de Medio Ambiente.