El tiempo en: Chipiona

Granada

El Tribunal Supremo obliga a Almuñécar a compensar el exceso de jornada de Policía Local

A compensar económicamente a algunos agentes de la Policía Local por el exceso de jornada de 136,5 horas al año, desde 2015 a 2018

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
  • Tribunal Supremo. -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia dictada por un Juzgado de Granada que obliga al Ayuntamiento de Almuñécar a compensar económicamente a algunos agentes de la Policía Local por el exceso de jornada de 136,5 horas al año, desde 2015 a 2018.

El exceso de jornada se derivó de la no aplicación de la reducción de la que disfruta el resto del funcionariado en jornadas especiales –festivos, periodo estival y navideño- dado el carácter especial del servicio, según ha informado el sector de Administración Local del CSIF, que fue quien interpuso la denuncia.

La sentencia confirma que "las reducciones horarias previstas en el artículo 32.8 del acuerdo deben ser tenidas en cuenta a la hora de determinar el cómputo anual horario del personal del Cuerpo de la Policía Local".

Según la responsable de Administración Local de CSIF Granada, Carmen Ramos, en este caso concreto los denunciantes solicitaron que se les reconociera y recompensaran las horas extraordinarias anuales, tal y como recoge el artículo 25 del acuerdo regulador, mediante descansos o de forma económica.

Tras la negativa del Ayuntamiento a aprobar el exceso de jornada, los agentes decidieron ir a los tribunales para resolver este conflicto laboral que, tras el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Almuñécar el pasado mes de marzo, se ha resuelto con una sentencia del Tribunal Supremo favorable a las demandas de estos trabajadores municipales adscritos al Cuerpo de la Policía Local.

La sentencia del Tribunal Supremo, que es firme, "confirma los derechos que les asisten a estos profesionales en el ejercicio de su labor diaria y ratifica que si bien no pueden disfrutar de reducciones de jornadas al igual que el personal funcionario de oficina debido a la especialidad del servicio público que prestan, sí deben ser compensados con la correspondiente compensación económica debido al exceso de jornada acumulado durante el año", aclara el sindicato. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN