Banco Santander ha debido devolver alrededor de 50.000 euros (45.586,77 euros más intereses) a una familia jerezana que en 2007 adquirió un producto de inversión sin que se le ofreciera “explicación clara y precisa” sobre “las características de los riesgos” que asumía. La devolución de esta cantidad ha venido precedida de un acuerdo entre la familia demandante y la entidad bancaria, homologado por el Juzgado de Primera Instancia número 5.
Según explica el Bufete Ortiz Abogados, que ha defendido los intereses de esta familia, los hechos se remontan al año 2007, cuando cuatro hermanos -dos albañiles encofradores, un tornero y un ama de casa- suscriben con el Banco Santander cuatro compras de 100.000 euros de Valores Santander.
Cinco años después se produce el canje de valores por acciones que empezaron a devaluarse, lo que llevó a los cuatro miembros de la familia a “malvender” las acciones canjeadas, con una pérdida total de unos 50.000 euros, precisamente la cantidad que han recuperado ahora.
No es el primer acuerdo al que la entidad bancaria se ha visto obligada a llegar en relación a este producto “tóxico”, que según el bufete “fue comercializado indebidamente”, toda vez que se diseñó para “inversores profesionales” y terminó ofreciéndose a “minoristas sin antecedentes inversores” y sin que se les explicara con detalle los riesgos que asumían.
Valores Santander se trató en realidad de la emisión de 7.000 millones de euros para la compra del banco holandés ABN AMRO, haciendo frente la entidad a una ampliación de capital e incurriendo en conflicto de interés al anteponer sus intereses a los de su propia cartera de clientes.
Cuatro años después, en octubre de 2012, el producto se canjeó obligatoriamente en acciones con un precio de cotización muy bajo, perdiendo los compradores de valores el 80 por ciento de su inversión. Valores Santander era un producto de riesgo, ya que no se garantizaba la recuperación del capital invertido.
El beneficio de los inversores de este producto debía provenir del incremento del valor bursátil de la entidad. Pero si en lugar de subir -como ocurría antes del inicio de la crisis- bajaba el precio de la acción, los clientes debían abonar la diferencia con el valor inicial de la acción. Por tanto, ha sido definido como un producto “especulativo y de riesgo elevado”.