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Un centenar de familias afectadas por Aifos reclaman cinco millones de euros a una veintena de bancos

Un centenar de familias que compraron pisos a la promotora Aifos entre los años 2003 y 2005 han presentado hoy una demanda en la Ciudad de la Justicia a una veintena de bancos. El montante total de estas cien reclamaciones asciende a cinco millones de euros, ha asegurado el letrado Carlos Cómitre

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El abogado Carlos Cómitre, que dirige las demandas contra las entidades financieras que recibieron el dinero que aportaron un centenar de familias para comprar viviendas a Aifos, actualmente en fase de liquidación, en los años del 'boom' inmobiliario, ha llegado esta mañana a la Ciudad de la Justicia portando un volumen ingente de documentación.

En tres maletas iba guardada la copiosa documentación que ha aportado la mañana de este miércoles para demandar a una veintena de bancos que recibieron el dinero que anticiparon estas familias a Aifos. El montante total de las reclamaciones asciende a cinco millones de euros, según ha informado el letrado. 

Hoy era el último día que los abogados podían presentar estas demandas para pedir que se les devuelva a estos estafados el dinero aportado a la promotora. Los afectados, según el letrado, reclaman una devolución media de 50.000 euros por familia, quienes destinaron sus ahorros a la compra de una vivienda, a lo que hay que sumar los intereses legales. "Se trata de la primera tanda de reclamaciones contra entidades financieras de afectados que ingresaron importes de dinero a cuenta, cuyas cantidades oscilan entre los 40.000 y los 100.000 euros", ha explicado. 

Carlos Cómitre ha apuntado que  los bancos no garantizaron con un aval el dinero aportado, tal y como recoge la Ley 57/1968, que obliga a garantizar las cantidades ingresadas. Curiosamente, ha destacado el letrado, esta normativa será hoy derogada. 

Y es que el Tribunal Supremo abrió una puerta, un "rayo de luz" a todas estas familias el pasado mes de enero, cuando estableció que los bancos tenían "su responsabilidad" en estos dépositos para la compra sobre plano. "El Supremo hizo una interpretación correcta de la ley, que en sus seis artículos reza que los bancos deben exigir la garantía bajo su responsabilidad. Esto significa que los bancos deberían haber procurado que esos avales existiesen y si no tendrán que responder", ha subrayado.

"Ahora sabemos que es la única alternativa viable. Creemos que esta vía que abrió el Supremo es la más adecuada para que estas familias puedan respirar otra vez", ha recalcado el director del despacho Ley 57.

Ha avanzado que como todo procedimiento ordinario, "la tramitación es larga", aunque ha previsto que "posiblemente en un año, o incluso antes" se podrá ver una solución, aunque "dependerá mucho del juzgado que sea competente".

No obstante, Cómitre ha afirmado que a pesar de la derogación de esta ley, que ha provocado esta avalancha de reclamaciones, a partir del 1 de enero de 2016 "no se cierran las puertas, pero habrá que tratar este asunto desde otro punto de vista".

 

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