El tiempo en: Chipiona
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Marbella

El conductor herido de bala por un policía local de Marbella recurrirá su absolución

La representación legal de la víctima anuncia un recurso de casación para que el Tribunal Supremo revoque la sentencia del TSJA

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • El Tribunal Supremo. -

La representación legal del conductor herido de bala en 2017 por el disparo de un agente de la Policía Local de Marbella (Málaga), que ahora ha sido absuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ha anunciado la presentación de un recurso de casación para que el Tribunal Supremo revoque esta sentencia.

La Audiencia de Málaga condenó al agente a cinco meses de prisión por el delito de lesiones por imprudencia y lo absolvió del de omisión del deber de socorro, al considerar probado que este disparó "de forma inopinada" al hombre que conducía a gran velocidad tras frenar. Posteriormente, el TSJA estima el recurso de la defensa del policía y le ha absuelto de todos los delitos.

Ante esta resolución absolutoria, la dirección letrada de la acusación particular, personada en nombre del conductor que resultó herido, ha anunciado recurso de casación, alegando infracción de precepto constitucional, infracción de ley, quebrantamiento de forma y error en la apreciación de la prueba, según han informado a Europa Press desde esta representación.

El TSJA consideró que el agente vio que se aproximaba el vehículo a gran velocidad y dio el alto al conductor que "bien por haber observado la proximidad de los agentes, bien obedeciendo la orden dada por el acusado, frenó muy bruscamente". Señala que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad estaban "en esa época en alerta por riesgo de atentados terroristas" y que había tránsito en la calle.

Ante esta situación, el agente desenfundó el arma reglamentaria, que no dispone de dispositivo de seguridad, y dijo al conductor que colocara las manos hacia el techo del habitáculo. Así, este "bajó el brazo hacia el freno manual y, entonces, involuntariamente y por circunstancias no esclarecidas, el acusado detonó la pistola proyectando una bala" que impactó en el hombre y le hirió.

La acusación particular expone en su recurso, entre otros argumentos, que la sentencia del alto Tribunal andaluz puede resultar "injustificada, arbitraria y basada en conjeturas", al aludir a atentados religiosos yihaidistas sucedidos en la fecha en otros lugares y relacionarlos con sufrir un atentado contra la integridad física y moral; una vinculación "infundada" en este caso.

Asimismo, considera que se ha producido vulneración del derecho a la vida y a la integridad física y moral, "al dejar sin protección el menoscabo y daños sufridos en el estado de salud mental y física de la víctima fruto de un resultado lesivo irrespetuoso contra la dignidad del ser humano". También alega vulneración del derecho a la seguridad, produciendo "una total desprotección".

En este punto, esta parte considera que "se vulneran estos derechos fundamentales, ya que para intervenir un vehículo que ha parado y que frena por voluntad propia al semáforo en ámbar, no hace falta disparar a bocajarro". Además, también alega vulneración del derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías.

Además, argumenta error en la apreciación de la prueba, al apuntar que hay documentos en la causa "que demuestran la equivocación del juzgador sin resultar contradichos por otros elementos probatorios", y añade que "nunca se realizó en instrucción ninguna diligencia de averiguación ni de oficio ni solicitada por esta parte", apuntando que la única prueba documental es el atestado de la Policía Nacional donde consta acreditado que no hubo riesgo alguno ni para el acusado ni otras personas, señala el escrito de la parte.

La familia y la víctima han asegurado que están pasando "un calvario", porque "es un ciudadano normal de a pie que sufrió un disparo gratuito", planteándose "preguntas fundamentales sobre la protección del derecho a la vida y a la integridad física". Además, han señalado que ven cómo los agentes "no van disparando ni a conductores temerarios, ni a delincuentes con hachas, ni a ladrones, ni a yihadistas".

Así, han asegurado que respetan "al 100% el trabajo de los jueces y tribunales, así como su máximo respeto a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad"; pero han apuntado que en este caso "no la comparten y por eso recurren en casación"; al considerar "que no se ajusta a una justicia equitativa". "El derecho a la vida no debería depender de tecnicismos legales", han apuntado.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN