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Ponen en marcha procedimiento para embargar a Puigdemont y Junqueras

La institución apreció indicios de responsabilidad contable que ahora hay que cuantificar y, en su caso, devolver

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  • Puigdemont. -

El Tribunal de Cuentas ha puesto en marcha el procedimiento contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y algunos de sus consejeros por el presunto uso de recursos públicos para el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. En concreto, y según confirmaron a Europa Press fuentes de la institución , se acaba de nombrar un instructor que investigará los hechos durante los próximos meses para aprobar un acta de liquidación con el cálculo del presunto daño causado al erario público con el fin de embargar un importe equivalente a los encausados.

El procedimiento parte de sendas denuncias presentadas el año pasado por la Fiscalía y por Sociedad Civil Catalana (SCC) y Abogados Catalanes por la Constitución. Ambas van dirigidas contra el expresidente catalán --huido en Bélgica-- la interventora de la Generalitat Rosa Vidal y otras 17 personas, entre los que se encuentran ex miembros del Govern en el momento de la Declaración Unilateral de Independencia (DUI), como Oriol Junqueras y también los que dimitieron en julio de 2017.

A finales de mayo, la consejera de cuentas Margarita Mariscal de Gante dio por finalizada la fase preliminar concluyendo que existen indicios de responsabilidad contable por los gastos relacionados con la organización del referéndum, y acordó pedir a la Sección de Enjuiciamiento que trasladase el asunto a la Comisión de Gobierno del Tribunal para que se designara un delegado instructor que inicie la investigación, que es lo que acaba de hacer el tribunal.

La persona encargada de la instrucción, generalmente de entre los funcionarios de a Unidad de Actuaciones Previas de la Presidencia de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal, deberá ahora investigar los indicios apuntados por Mariscal de Gante, cuantificará el dinero público supuestamente desviado para el referéndum y redactará un acta de liquidación provisional con el importe total, un proceso que suele durar meses y que no se espera antes de final de año.

ANTES DE LA PRIMERA CONDENA, FIANZA O EMBARGO 

Ese dinero deberá ser aportado como fianza por los cargos públicos señalados como presuntos responsables del desvío de fondos y, en su defecto, se les embargarán propiedades. Y será después cuando comienza el procedimiento jurisdiccional con sus vistas hasta concluir en una sentencia en primera instancia que puede ser recurrida ante la Sala de la Justicia del Tribunal de Cuentas. Ahí acabaría el papel del Tribunal de Cuentas y el siguiente paso sería recurrir en casación por la vía de lo contencioso administrativo en el Supremo.

En el caso del referéndum, lo que el instructor o instructora investigará serán los gastos vinculados a la actuación del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CTTI) para la creación de páginas webs, aplicaciones, plataformas y programas informáticos que darían soporte digital a la votación; el uso de 2.259 locales habilitados como puntos de votación o publicidad institucional, como la denominada campaña 'Civisme'.

También se analizará si se destinaron fondos públicos para el suministro de papeletas, censo electoral, cartelería y cartas certificadas, que fueron incautadas en las naves de la empresa Unipost, así como la acción exterior desarrollada por la Generalitat en favor del proceso independentista.

LA FISCALÍA NO FIJÓ CUANTÍA CONCRETA 

La denuncia de la Fiscalía no fija una cantidad concreta de gastos a reclamar, aunque si cita entre otras facturas relacionadas con los locales de votación (900.906.70 euros), gastos publicitarios que se acercan al millón de euros en distintos apartados, un gasto de 979.6661,96 en papeletas y 38.431,20 en cartelería.

Por lo que se refiere a la acción exterior, el documento destaca la "acción de la presidencia catalana" en el exterior que absorbió 2,3 millones de euros, a lo que se añaden diferentes gastos en viajes de observadores que superarían los 100.000 euros en diferentes conceptos.

En la fase preliminar, Mariscal de Gante no atendió la petición de las asociaciones de que se investigasen también los gastos derivados del desplazamiento de agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil ante el referéndum. Ello no impide, según apuntaba la consejera, que los organizadores de la votación puedan resultar obligados a indemnizar al Estado por los gastos derivados de la 'Operación Copérnico', pero ya por otras vías jurisdiccionales.

ARTUR MAS YA FUE CONDENADO POR EL 9-N

El pasado mes de noviembre el Tribunal de Cuentas ya condenó en primera instancia al expresidente catalán Artur Mas y varios miembros de su gobierno por responsabilidad contable en la organización de la consulta del 9 de noviembre de 2014.

Aquel procedimiento, que partió también de una denuncia de SCC y Abogados Catalanes por la Constitución, apoyada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, se inició en julio de 2017, y, cinco meses después el Tribunal dispuso el embargo preventivo de los bienes que los acusados presentaron para hacer frente a la fianza impuesta.

Casi un año después, en noviembre de 2018, llegó la condena que obligó a la devolución de los 4,94 millones de euros que la Generalitat destinó a la consulta, de los que el antecesor de Puigdemont debió responder de manera solidaria con los demás condenados.

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