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Sevilla

El TSJA rechaza suspender cautelarmente el plan especial del tanque de tormentas de Sevilla Este

El plan especial contempla un informe contrario de la Junta y otro favorable de la Gerencia de Urbanismo

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha denegado la suspensión cautelar reclamada por los vecinos del residencial Las Góndolas, en Sevilla Este, en cuanto al plan especial promovido por la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas (Emasesa), para la construcción de dos tanques de tormenta en este entorno. La suspensión cautelar de la vigencia de este plan especial era uno de las medidas contenidas en el recurso que el colectivo de vecinos promueve, por vía Contencioso Administrativa, contra el instrumento de planeamiento urbano que sostiene este proyecto.

   Gonzalo Pérez de Ayala, portavoz del colectivo de vecinos, ha manifestado a Europa Press que la sala de lo Contencioso Administrativo, a través de un reciente auto, ha resuelto denegar la suspensión cautelar reclamada por los recurrentes para este plan especial, si bien el recurso sigue vivo por lo que al fondo de la cuestión se refiere. De todas formas, Pérez de Ayala ha explicado que esta denegación de medidas cautelares también será objeto de recurso.

   Como es sabido, el proyecto promovido por Emasesa para construir un tanque de tormentas en el entorno de la calle Gruta de las Maravillas, en Sevilla Este, para recoger y almacenar aguas pluviales, ha despertado la inquietud de los vecinos del residencial Las Góndolas, muy próximo al emplazamiento elegido para este proyecto. Y es que el colectivo de vecinos teme que la construcción afecte a las viviendas y avisan de "errores" en el proyecto técnico e incluso de supuestas infracciones de las normativas urbanísticas.

PROYECTO "URGENTE Y NECESARIO"

   El Ayuntamiento de Sevilla, gobernado por Juan Ignacio Zoido (PP), defiende de su lado que se trata de un proyecto "urgente y necesario" que cuenta con "los permisos pertinentes" y ha atravesado todos los filtros administrativos, aunque también ha mostrado su compromiso de analizar "todas las alternativas posibles" a cuenta del temor de este colectivo de vecinos.

   Pues bien, muchos de los aspectos de este asunto vienen recogidos en el plan especial de "Infraestructuras para la mejora de la funcionalidad y seguridad de la cuenca urbana del arroyo del Tamarguillo mediante la construcción de dos tanques de tormenta", promovido por Emasesa y aprobado por el pleno del Ayuntamiento de Sevilla el pasado 30 de marzo. Según la documentación oficial que firma el concejal delegado de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla, Maximiliano Vílchez, y que recoge Europa Press, el expediente administrativo correspondiente a este plan especial fue sometido durante un mes a información pública y "no fue presentada ninguna alegación".

INFORME CONTRARIO DE LA JUNTA

   No obstante, en la correspondiente tramitación del proyecto técnico media un informe de la Delegación provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, fechado el 21 de febrero, antes del debate plenario de este plan especial, dando cuenta de que "aún cuando la instalación es conforme con el régimen del subsuelo que establece el planeamiento vigente, las construcciones existentes como el edificio de control, castillete de salida de emergencia y otras edificaciones emergentes no se ajustan a las determinaciones establecidas en las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Sevilla".

   "El uso de infraestructuras básicas que se proyecta en las zonas verdes no está contemplado como compatible en dicho planeamiento", señala además el informe de la Administración autonómica, que considera también que "las construcciones previstas pudieran afectar a las instalaciones deportivas y otras existentes en dichas zonas verdes". Frente a este informe, pesa un documento posterior de fecha 22 de febrero y que emite la sección técnica número uno de la Gerencia de Urbanismo, según la cual "la propuesta de construcción de los tanques de tormentas se realiza sobre terrenos calificados de espacios libres de uso y dominio público", toda vez que "dichas instalaciones son consideradas necesarias para el adecuado funcionamiento de la red de saneamiento de la ciudad y, por lo tanto, de interés general".

   Según este mismo informe, el proyecto técnico no supera los "límites" estipulados por el PGOU para "instalaciones cubiertas en zonas verdes", toda vez que en estas mismas, "está permitido el uso de instalaciones deportivas y socioculturales, pudiendo éste último sustituirse por el de servicios públicos de acuerdo con las normas urbanísticas del plan general". El mismo departamento, un día más tarde, informó favorablemente sobre la aprobación definitiva del plan especial.

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

   Este plan parcial, de cualquier modo, ha sido objeto de recurso contencioso administrativo por parte de los vecinos ante el TSJA, al considerar que el instrumento de planeamiento "vulnera" en efecto los preceptos del PGOU. Entre otros aspectos, los vecinos esgrimen que las obras, apenas iniciadas, no debían haber comenzado sin que el plan especial fuese publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), extremo sucedido posteriormente. Además, niegan que medie el estudio de ubicaciones alternativas.

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