El tiempo en: Chipiona

Sevilla

Una militar pedirá una indemnización de 2.000 euros tras ser arrestada de forma "indebida" por una sargento

El abogado de la militar, Fernando Osuna, ha informado que, inicialmente, su cliente recurrió la resolución de arresto y el mando militar le dio la razón, "toda vez que la resolución que generó el arresto tenía defectos insubsanables"

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

Una militar destinada en Sevilla reclamará una indemnización de 2.000 euros después de que una sargento la sancionara con cuatro días de arresto en una resolución dictada de forma "indebida" y que constaba de "defectos insubsanables".

   El abogado de la militar, Fernando Osuna, ha informado a Europa Press de que, inicialmente, su cliente recurrió la resolución de arresto y el mando militar le dio la razón, "toda vez que la resolución que generó el arresto tenía defectos insubsanables".

   En esta resolución "no se contemplaban los hechos y motivos por los que se arrestaba" a esta militar destinada en Sevilla y residente en Huelva, ha explicado el letrado, que ha indicado que, "al parecer, lo que había en el fondo se debía a rencillas y problemas personales entre las dos mujeres militares".

   Según ha indicado Fernando Osuna, la resolución de arresto "señalaba que se había producido una falta de respeto de la militar hacia la sargento, sin indicarse el día, la hora, el lugar y en qué circunstancias", lo que le produjo a su patrocinada "indefensión, dado que para defenderse tenía que conocer los hechos con detalle y de lo contrario no podía rebatir lo que se le imputaba".

   Una vez su cliente ya cumplió los cuatro días de arresto, la autoridad militar competente anuló la sanción referida, pero ahora la afectada está preparando un escrito para solicitar una indemnización de 2.000 euros por el arresto "indebido".

   El abogado ha explicado que, "para poder sancionar, hay que fijar con precisión los hechos, esclarecerlos y determinarlos", como determina el artículo 59 de la Ley de Régimen Disciplinario, "para a continuación ver si la conducta acreditada se encuentra recogida en algunos de los supuestos previstos en la citada ley y, por consiguiente, resulta aplicable o no alguno de sus preceptos".

   En este caso, "no se cumplió con los requisitos que establece la normativa militar, y por tal razón fue declarado nulo el arresto", ha concluido el letrado de la militar sancionada.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN