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Salud rectifica y permite salir a ancianos sin Covid de residencias

La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Junta de Andalucía ha rectificado. Al menos siete residentes salen de DomusVi en Sevilla

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  • La residencia DomusVi. -

La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Junta de Andalucía ha rectificado la instrucción que impedía la salida de residentes de centros de mayores durante el estado de alarma y ha accedido a que sus familiares puedan trasladarlos a sus residencias habituales siempre que el usuario dé negativo en las pruebas de Covid-19 y que los familiares se comprometan a ofrecerles los cuidados necesarios.

La nueva instrucción, firmada por el director general de Salud Pública, José María Torres Medina el pasado 10 de abril, corrige a la anterior del 19 de marzo que impedía la salida de los ancianos de las residencias si ésta era su residencia habitual para evitar la propagación del coronavirus. Sin embargo, su modificación y flexibilización había sido solicitada por los familiares de aquellos usuarios que, aun estando en residencias en las que se había detectado el coronavirus, no estaban infectados.

En concreto, Luis Martínez Montiel había dirigido un escrito al director general de Salud Pública ante la imposibilidad de poder sacar a su suegra de la residencia de ancianos DomusVi, ubicada en Sevilla capital, cerca de Santa Justa, donde se habían confirmado la muerte de doce residencias y el contagio de más de medio centenar de usuarios.

Tras la nueva instrucción de la Junta, al menos siete residentes, entre ellas la familiar de Martínez Montiel, del centro de mayores DomusVi, se han trasladado a vivir con sus familias, siempre tras firmar un documento en el que se hacen cargo del usuario y certifican que se encuentran en condiciones idóneas para acoger a esta persona.

La instrucción permite la salida de un residente del centro de mayores o residencia siempre que cumpla determinados requisitos, el primero de ellos, que no tenga síntomas y que la prueba obligatoria de PCR de Covid-19 dé negativo (o positivo en la detección de anticuerpos), con la recomendación de que además quede en aislamiento domiciliario al menos catorce días.

Este retorno debe ser “voluntario y temporal”, especifica la instrucción de la Junta, que además puntualiza que, si el familiar enferma, no podrá volver a la residencia y que el confinamiento deberá pasarlo en la vivienda familiar. Eso sí, una vez que pase el periodo de riesgo, el usuario deberá regresar en un plazo máximo de 14 días y tras comprobarse la falta de sintomatología y, en su caso, prueba negativa de coronavirus.

Además, se debe “garantizar una suficiente atención y cuidados en el domicilio familiar” y que en éste “no haya ningún caso positivo” para evitar el contagio del mayor.

Para hacer posible este traslado se requiere una solicitud debidamente acreditada de la familia y con consentimiento expreso del mayor, un certificado de la dirección del centro y el compromiso expreso de la familia de que se respetarán en todo momento las medidas de prevención, además de comunicar inmediatamente al sistema sanitario la aparición de síntomas respiratorios.

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