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Penas de entre 6 y 15 años a tres acusados de una violación grupal en Valencia

La sentencia, contra la que cabe recurso ante el TSJCV, condena también al primero de los cooperadores a no acercarse a la mujer a menos de 300 metros

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  • Fachada del TSJCV. -
  • También indemnizarán a la víctima con 10.000 euros

La Audiencia de Valencia ha condenado a penas de entre 6 y 15 años de cárcel a tres acusados por una violación grupal, así como a indemnizar entre los tres con 10.000 euros por daños morales a la víctima, una prostituta que a raíz de estos hechos ha dejado de ejercer. 

Así lo recoge una sentencia de la sección segunda de la Audiencia provincial de Valencia hecha pública este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), dictada tras el juicio oral que se celebró en febrero. 

Según el fallo judicial, los hechos ocurrieron en marzo de 2021, cuando uno de los acusados invitó a un grupo de amigos a una vivienda propiedad de su tía en la ciudad de Valencia, y sobre las 4 de la mañana contactó a través de su teléfono móvil con una prostituta para contratar sus servicios. 

La mujer llegó a la vivienda un cuarto de horas después y fue pasada al salón, al que entraron dos amigos del hombre que había contratado sus servicios, quien le informó entonces de que "se la iba a chupar a los tres" y además gratis, a lo que ella se negó y entonces decidieron obligarla por la fuerza.  

Para ello, uno la sujetó de los brazos mientras otro la amordazaba, tras lo que le quitaron la cinta y le obligaron a hacerle una felación al que había pedido sus servicios. Momentos después aparecieron en el salón dos personas que tras estar en la fiesta se habían quedado a dormir, con las que los tres acusados discutieron. 

Una vez esa pareja se marchó, los tres hombres volvieron al salón y el principal acusado se mostró "sumamente violento", golpeando con un puño americano las paredes y algunos muebles, un momento de confusión que la víctima aprovechó para salir corriendo de la vivienda y llamar a la Policía, según reflejan los hechos probados. 

La Audiencia ha condenado al autor de un delito de agresión sexual con acceso carnal, agravado por la actuación conjunta de los otros dos acusados, a la pena de 13 años de prisión, así como a 2 años como responsable de un delito de tenencia de arma prohibida, y la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la mujer durante 14 años. 

Los otros dos acusados han sido condenados como cooperadores necesarios de un delito de agresión sexual y se impone a uno de ellos una pena de 7 años de prisión, ya que sujetó a la víctima por los brazos, con lo que impidió que se marchara y contribuyó a que el principal acusado la forzara a hacerle una felación. 

Al otro acusado como cooperador necesario se le imponen 6 años y 6 meses de prisión, ya que aunque su conducta fue más pasiva, su sola presencia en el salón contribuyó a crear un "clima de intimidación ambiental" que buscaba "doblegar la voluntad" de la víctima. 

Además, la sentencia señala que en el momento en el que la víctima fue agredida sexualmente por el principal acusado, el primero de los condenados como cooperador necesario estaba en calzoncillos y el segundo se estaba quitando la camisa, de donde cabe inferir que pretendían igualmente que la mujer les hiciera una felación. 

La sentencia, contra la que cabe recurso ante el TSJCV, condena también al primero de los cooperadores a no acercarse a la mujer a menos de 300 metros.

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