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El Ayuntamiento de Antella, condenado a pagar 3.000 € a un vecino por ladridos de un perro

Según la denuncia, los ladridos del perro de un vecino le impedían dormir por la noche y desempeñar con normalidad sus labores durante el día

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  • Ayuntamiento de Antella, Valencia. -

El Ayuntamiento de Antella (Valencia) ha sido condenado a pagar 3.000 euros a un vecino que denunció en varias ocasiones los "daños físicos y morales" sufridos desde 2010 por los ladridos de un perro en la terraza de una vivienda situada frente a su domicilio y que le impedían dormir por la noche y desempeñar con normalidad sus labores durante el día.

El fallo de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), contra el que cabe recurso, confirma la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Valencia que fue apelada por el denunciante, que en principio reclamaba una indemnización de 60.000 euros y la confiscación del perro.

Según expone la sentencia, el denunciante presentó un recurso frente a la desestimación por silencio administrativo por el Ayuntamiento de Antella de la reclamación de responsabilidad patrimonial municipal que formuló en fecha 10 de diciembre de 2018.

En esa reclamación, el vecino solicitaba ser indemnizado por el Ayuntamiento y su compañía de seguros con 60.000 euros por los "daños físicos y morales" sufridos desde el año 2010 a consecuencia de haber omitido su obligación de comprobar los ruidos que denunció en diversas ocasiones y provenientes de los ladridos del perro.

Además, pedía que se declarase que la actividad del Ayuntamiento de Antella es contraria a derecho y que se ordenara la confiscación del perro por las "molestias acústicas" que provocaba.

Aunque el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Valencia estimó parcialmente el recurso al considerar que "concurría un supuesto de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Antella, dada la inactividad municipal ante los ruidos sufridos en su domicilio", rechazó que el can fuera confiscado.

También rechazó la indemnización pretendida por el recurrente en concepto de daños físicos y psíquicos padecidos consistentes en cuadro ansioso depresivo, ya que según indicaba el juez no existía prueba de que tuvieran su causa en las molestias acústicas, y la rebajó a 3.000 euros.

Ese fallo ha sido ahora confirmado por el TSJCV, que condena además al apelante al pago de 600 euros a favor de cada una de las partes apeladas por las costas procesales de esta segunda instancia.

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